Funciones de la Junta de Gobierno Local
La Junta de Gobierno Local se integra por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno.
Según el art. 23 LBRL le corresponde:
(Acuerdo de Pleno 4 de julio de 2019)